Guía de Trámites - Cheques y Pagarés Avalados



Solicitud de autorización de listado


Guía de Trámites (Reglamento de Listado de Valores Negociables)


Sociedades de Garantía Recíproca o Fondos de Garantía

 


Formulario Anexo I firmado en original en carácter de DDJJ por representante legal de la sociedad, en la que se solicite la autorización para listar Cheques de Pago Diferido o/y Pagarés avalados por ellas y un detalle de la documentación que se acompaña:

1.       Copia del texto ordenado vigente del estatuto o del contrato social con constancia de su inscripción en el Registro Público de Comercio o autoridad competente.

2.       Copia del acta del órgano de administración que resolvió solicitar la autorización de listado de los Cheques de Pago Diferido y/o Pagarés en el segmento Avalados..

3.       Copia de las actas de asamblea y del órgano de administración que designan y distribuyen los cargos del órgano de administración y fiscalización vigentes.

 

4.       Anexo II completo por el representante legal (misma persona que firma el Anexo I), suscripta por el interesado con carácter de declaración jurada. La firma deberá estar certificada por Escribano y legalizada en caso de corresponder.

5.       Estados contables anuales auditados correspondientes al último ejercicio, tal como fueron presentados a la respectiva autoridad de control, con constancia de su aprobación por el órgano social correspondiente.  

6.       Resoluciones de la SEPYME que otorgue autorización para funcionar como tal.

 

Para el caso de solicitar ampliar el monto máximo autorizado del Fondo de Riesgo, deberán enviar el siguiente Formulario Anexo III firmado en original en carácter de DDJJ por representante legal de la sociedad.
Para el caso de solicitar la distribución del porcentaje del monto máximo autorizado del Fondo de Riesgo, entre Cheques y Pagarés en pesos y dólares, deberán enviar el siguiente Formulario Anexo IV firmado en original en carácter de DDJJ por representante legal de la sociedad.

 

Se recuerda que:

-    En todos los casos podrá considerarse presentada toda aquella información, que sea enviada en soporte papel, las que por su naturaleza, sea publicada a través de la Autopista de Información Financiera de la Comisión Nacional de Valores, con indicación del número de ID, o alternativamente aquella que sea remitida al Mercado, a través de la dirección de mail: titulos@bcr.com.ar habilitada a tal fin. En todos los supuestos, los documentos deberán ser enviados o informada su disponibilidad en la AIF con el alcance y los mismos requisitos de tiempo y forma que establece la normativa vigente, cuya versión en soporte papel reservarán a todo efecto a disposición de este Mercado.

-    La documentación que deba ser publicada en nuestro boletín informativo diario, deberá enviarse por mail, con el tiempo prudencial de antelación necesario para poder cumplir con su publicación. Deberán enviar el archivo correspondiente o en su defecto, la mención que el mismo ya se encuentra disponible en la AIF.